173 años de la Constitución argentina: el pilar republicano que exige límites al poder
La efeméride del 1 de mayo invita a revisar el pacto fundacional de 1853, donde la libertad de expresión y el control entre poderes siguen siendo asignaturas vigentes.

ARGENTINA —
Lo esencial
- La Constitución Nacional argentina fue sancionada el 1 de mayo de 1853 en Santa Fe.
- Se cumplen 173 años de su sanción.
- El artículo 1° establece la forma de gobierno representativa, republicana y federal.
- José M. Estrada definió el principio republicano como la limitación de los poderes de los gobiernos.
- La obra del circuito constitucional en Santa Fe avanza según cronograma y podría finalizar en febrero de 2027.
- John Locke advirtió: 'Allí donde termina la ley, comienza la tiranía'.
Un aniversario que trasciende el protocolo
Hace 173 años, el 1 de mayo de 1853, la Convención Constituyente reunida en Santa Fe sancionó la Constitución de la Nación Argentina. La fecha no es una efeméride menor ni una celebración protocolar: es una invitación a reflexionar sobre el pacto que constituye al pueblo argentino como Estado organizado. La Constitución no es un documento histórico destinado a museos. Es la norma jurídica de mayor jerarquía del ordenamiento argentino y, al mismo tiempo, el contrato político mediante el cual la sociedad organiza el poder, lo limita y lo pone al servicio del bien común.
La libertad de expresión como apuesta central
Que una columna sobre la efeméride verse sobre libertad de expresión y prensa puede sorprender a algunos, pero ninguna conmemoración constitucional puede eludirla. No es un tema lateral: desde el texto mismo de 1853, es una de las apuestas centrales del constitucionalismo argentino. El constituyente de 1853 la consagró con plena conciencia, marcando distancia respecto de experiencias republicanas donde la representatividad era más formal que real. La libertad de expresión garantiza la publicidad de los actos de gobierno y la vigencia del sistema democrático.
La forma republicana: límites y controles recíprocos
El artículo 1° establece que la Nación adopta la forma “representativa, republicana y federal”. Los dos primeros términos aluden a la forma de gobierno; el tercero, a la forma de Estado. La distinción no es académica: es estructurante. José M. Estrada enseñó que “el principio republicano es la limitación de los poderes de los gobiernos. Esa limitación es esencial. Ello constituye el carácter de un gobierno libre”. La definición sigue siendo, 173 años después, enteramente vigente. La limitación del poder no es un obstáculo para el buen gobierno: es su condición de posibilidad.
Separación de poderes: equilibrio dinámico, no compartimentos estancos
Los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial no son compartimentos estancos ni tres gobiernos desconectados entre sí: son ramas de un único gobierno, diferenciadas en sus funciones pero recíprocamente controladas. La separación existe para evitar la concentración del poder; la coordinación, para que el Estado funcione. Cuando alguno de esos poderes avanza sobre las atribuciones de los otros, no viola solamente la letra de la Constitución: destruye el equilibrio sobre el que descansa la vida institucional de la República. Como advertía John Locke: “Allí donde termina la ley, comienza la tiranía”.
La Constitución como horizonte y deuda pendiente
La Constitución no se honra con discursos. Se honra con conductas. El poder debe respetar sus límites, los jueces deben ser independientes, los representantes deben actuar en nombre del pueblo que los mandató y los ciudadanos deben exigir que así sea. A 173 años de su sanción, la Constitución sigue siendo el horizonte hacia el cual debemos orientarnos. Todavía nos debe mucho. Pero, sobre todo, nosotros le debemos a ella el esfuerzo diario de hacerla realidad.
Santa Fe avanza en el circuito constitucional
Desde Vialidad provincial aseguraron que la obra del circuito constitucional en Santa Fe avanza según el cronograma y que podría quedar terminada en febrero de 2027. También detallaron cómo impactarán los desvíos de tránsito y los trabajos urbanos en Santo Tomé. El circuito invita a conocer y valorar el legado constitucional que posiciona a Santa Fe como cuna de la organización nacional.
En resumen
- La Constitución argentina de 1853 cumple 173 años, manteniendo su vigencia como norma suprema y contrato político.
- La libertad de expresión y prensa es un pilar central del constitucionalismo argentino, no un tema lateral.
- El principio republicano se basa en la limitación de los poderes del gobierno, esencial para un gobierno libre.
- La separación de poderes implica control recíproco; su violación destruye el equilibrio institucional.
- La Constitución exige conductas, no discursos; su cumplimiento es responsabilidad de todos los actores políticos y ciudadanos.
- Santa Fe avanza en un circuito conmemorativo que revaloriza su rol como cuna de la organización nacional, con finalización prevista para febrero de 2027.




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